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Normativas y regulaciones sobre traducciones juradas en España

Las normativas que se aplican en el campo de las traducciones juradas en España, son precisamente las que garantizan que los documentos que un traductor jurado traslada de un idioma a otro tengan validez oficial.

Ya en el siglo XVI había normas referidas a cómo debían ser la traducción y la interpretación de lenguas en España, lo que nos permite hacernos una idea de la relevancia que ha tenido siempre este tema.

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Evolución de las regulaciones que afectan a los traductores jurados

Como decíamos, la primera normativa relacionada con este tema data del año 1527. Desde esa fecha hasta 1870, todas las leyes asociadas con la traducción estaban vinculadas directamente con la carrera diplomática y consular.

Fue en 1977 cuando se aprobó el primer Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas, creando esta institución, que es la responsable de la traducción y la interpretación en España. Con la aprobación de la Constitución de 1978 el Reglamento fue modificado, porque contenía aspectos contrarios a la Carta Magna, como prohibir el ejercicio de la profesión de traductor jurado a quienes tuvieran defectos físicos y enfermedades incapacitantes.

En 1987 se modificó a través del Real Decreto 889/1987, de 26 de junio, para incluir la prescripción que permite ejercer como traductor jurado a cualquier ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.

El Real Decreto 752/1992, de 27 de junio, puso al cargo de la Oficina de Interpretación de Lenguas (OIL) al "Cuerpo de Traductores e Intérpretes", adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores.

El Real Decreto 79/1996, de 26 de enero, estableció una relación directa entre la OIL y el título universitario de Traducción e Interpretación, que se creó ese mismo año.

La última reforma llegó con el Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre, que fue necesaria para adaptar la normativa sobre traducción e interpretación a lo dispuesto en la normativa europea.

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Directivas de la Unión Europea relacionadas con la traducción jurada

Al aprobarse la libre circulación de ciudadanos y mercancías dentro del territorio de la Unión Europea, se incrementó la demanda de servicios de traducción jurada y, para evitar disparidades entre los países, se aprobaron las Directivas UE2010/64 y UE2013/55.

A través de ellas se establece un marco común para la traducción jurada en toda la Unión Europea, lo que obligó a España a ajustar de nuevo su legislación.

Ley 2/2014 sobre requisitos de las traducciones con carácter oficial

Se aprobó para integrar en el ordenamiento jurídico interno las Directivas europeas que acabamos de mencionar. A día de hoy, es la norma que determina los requisitos que tienen que cumplir las traducciones para considerar que tienen un carácter oficial y garantizar su validez y reconocimiento dentro y fuera de España.

Esta norma también convirtió a la Oficina de Interpretación de Lenguas en el organismo encargado de certificar la oficialidad de las traducciones. Por eso, es ella la que convoca los exámenes para la obtención de la certificación que habilita para trabajar como traductor jurado.

Orden AEC/2125/2014

Esta Orden Ministerial emitida por el Ministerio de Exteriores recoge las normas básicas relacionadas con la obtención del título de traductor-intérprete jurado.

Determina los requisitos para participar en los exámenes, cómo son las convocatorias, cómo se conforma el tribunal examinador y cómo son las pruebas, entre otros aspectos.

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Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto

Esta norma aprobó el nuevo Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas para ajustarlo a la realidad social actual y, especialmente, a la normativa europea, derogando totalmente el Reglamento de 1977.

Entre sus novedades más destacadas se incluyen la asunción de nuevas funciones por parte de la OIL, que incluyen la gestión del registro de Traductores Jurados; y la separación del título en dos, diferenciando entre traductores jurados e intérpretes jurados.

Las normativas sobre traducciones juradas han estado muy presentes en la legislación desde hace siglos, y ahora tienen un carácter cada vez más internacional. Por eso, ha sido necesario realizar ajustes en esta legislación.

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